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El consejero Fernández explica a los alcaldes la fórmula para evitar el derribo de viviendas

Por Redacción
6 de mayo de 2013
en Hemeroteca

Propone la concesión de autorizaciones provisionales hasta la aprobación definitiva de los planeamientos urbanísticos de los municipios y que el Ejecutivo aprueba el jueves.

El consejero de Urbanismo ha pedido a los alcaldes que «impulsen» los PGOU. (Lara Revilla, Miguel López)

El consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Javier Fernández, ha mantenido reuniones durante todo el día de hoy con los seis alcaldes en cuyos municipios hay viviendas con sentencias de derribo. Fernández ha explicado a los regidores de Arnuero, José Manuel Igual; Piélagos, Enrique Torre; San Vicente de la Barquera, Julián Vélez; Miengo, Avelino Cuartas; Argoños, Juan José Barruetabeña; y Escalante, Juan José Alonso, el proyecto de ley en el que propone la concesión de autorizaciones provisionales para evitar el derribo de las viviendas afectadas por sentencia firme hasta la aprobación definitiva de los planeamientos urbanísticos de los municipios y que el Ejecutivo espera aprobar este jueves, día 9, durante la reunión que mantendrá el Consejo de Gobierno.
El titular de Urbanismo se ha reunido a lo largo de uno hora con cada uno de los acaldes a los que ha explicado pormenorizadamente el contenido de este proyecto de ley y la repercusión que tendrá en sus municipios. Fernández espera su colaboración para la ejecución del plan de derribos y les ha pedido que impulsen, «en el plazo más breve», los Planes Generales de Ordenación Urbana. Gracias precisamente a ese intenso trabajo desde principios de legislatura, ha señalado Fernández, el plan de Arnuero se aprobará en julio, el de Miengo y el de Piélagos tendrán próximamente su aprobación inicial, el de San Vicente de la Barquera tiene ya una aprobación provisional, el de Escalante, que no existía, dentro de poco tendrá aprobado su avance o su aprobación inicial y el de Argoños se irá «compatibilizando» con el PORN de las Marismas de Santoña.
El presidente de Cantabria, Ignacio Diego, ya expresó la disposición del Gobierno regional de colaborar con los jueces en la ejecución de las sentencias de derribo y el compromiso de que «ninguna familia cántabra afectada vea demolida su vivienda sin que previamente haya obtenido la justa indemnización».
Este compromiso está incluido en el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión del pasado jueves, día 2, un acuerdo que contiene tres apartados. En el primero de ellos, el Gobierno hace un requerimiento a todos los órganos de la Administración regional competentes en la materia para que «se inicien y se impulsen de oficio y de forma inmediata todos los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de actos de naturaleza urbanística cuya anulación depare perjuicios a terceros adquirientes de buena fe».
Presentación del texto a los grupos políticos con representación en el Parlamento
El pasado sábado, el presidente cántabro, Ignacio Diego, presentó a los grupos políticos con representación en el Parlamento regional este texto legal que será aprobado por el Consejo de Gobierno, previo informe de los Servicios Jurídicos, en su reunión del próximo jueves, día 9, y remitido al día siguiente a la Cámara, donde el presidente cántabro espera que concite, dada la trascendencia económica y social» de este tema de carácter «emergente», el consenso de todas las formaciones para que se apruebe «en el plazo de tiempo más breve posible».
Tal y como ha explicado Javier Fernández, se trata de un planteamiento que permite ejecutar el Plan de Derribos que el Gobierno aprobó en 2011 con los ayuntamientos afectados «sin menoscabar» las facultades de los órganos jurisdiccionales, tal y como recogía la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional hace escasos días.
De esta forma, se podrán conceder autorizaciones previas cuando el plan esté aprobado inicialmente con carácter general o, transitoriamente, a pesar de no contar con la aprobación inicial, «cuando tenga los elementos de juicio necesarios para comprobar que la ordenación que recoge ese plan en tramitación es compatible con la edificación preexistente».
El consejero ha añadido que los jueces podrán analizar esas autorizaciones previas y decidir si son conformes a derecho o no. Entonces pueden darse dos circunstancias: si consideran que esa nueva regulación del plan que da lugar a la autorización provisional se ajusta a derecho, las viviendas se mantendrán, «por lo menos», hasta la aprobación definitiva del plan, mientras que si entienden que no son legales porque existe algún vicio de legalidad, las autorizaciones quedarán anuladas.
Tanto Ignacio Diego como Javier Fernández han destacado la «diligencia suma» y el esfuerzo que el Gobierno ha realizado no sólo para poner encima de la mesa de los afectados esta «solución» que va a «resolver muchos problemas» y a «eliminar la incertidumbre», sino también para impulsar los planeamientos urbanísticos de los municipios de Cantabria, especialmente de los afectados por derribos.
Finalmente, Diego y Fernández han querido enviar un mensaje de tranquilidad a los afectados y otro de «absoluta lealtad» a los jueces para colaborar con ellos en la ejecución de las sentencias.
Detalles del anteproyecto
El anteproyecto de ley introduce modificaciones en la leyes de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria (2/2001, de 25 de junio), de Controlo Ambiental Integrado y de Conservación de la Naturaleza de Cantabria (4/2006, de 19 de mayo).
El texto recoge la posibilidad de otorgar autorizaciones provisionales de edificaciones preexistentes, siempre que sean conformes a la ordenación del planeamiento urbanístico, «cuando la aprobación inicial de una aprobación, modificación o revisión de planeamiento territorial, sectorial o urbanístico contemple una ordenación que resulte compatible con edificaciones o actuaciones que hubiesen sido previamente declaradas ilegales, y que hubiesen dado lugar a órdenes de demolición, administrativas o judiciales».
Los titulares de dichas autorizaciones provisionales tendrán los siguientes derechos: a que sus viviendas se mantengan en una situación jurídica asimilada a la de los edificios de fuera de ordenación hasta la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que se esté tramitando y a obtener licencia de obra definitiva en el caso de que la edificación o actuación resulte compatible con la ordenación establecida en el plan.
El proyecto de ley también indica que las autorizaciones provisionales que se otorguen conforme a lo establecido «se presumen válidas y serán eficaces y oponibles frente a terceros desde el momento de su concesión». Frente a las mismas podrán interponerse por los interesados los recursos administrativos y judiciales que correspondan.
Estas autorizaciones se otorgarán por los alcaldes en el plazo de un mes desde la fecha del inicio del procedimiento. Si el procedimiento se inicia a solicitud del interesado, transcurrido el plazo del mes podrá entender desestimada su petición.  En el caso de que resulten contrarias a lo aprobado definitivamente en el instrumento de planeamiento, devendrán automáticamente «inválidas e ineficaces». Además, transcurrido el plazo de cuatro años desde el otorgamiento de la autorización provisional, sin que el instrumento de planeamiento hubiese entrado en vigor, dicha autorización provisional devendrá ineficaz.
Por otro lado, los bienes y fondos del patrimonio municipal del suelo deberán ser destinados a la compensación o indemnización a los afectados por actos u omisiones de la Administración que hayan generado responsabilidad patrimonial.
La ley aborda otras cuestiones tendentes a agilizar la tramitación de los procedimientos de elaboración de los planeamientos urbanísticos y territoriales. Concretamente, se suprime el informe de sostenibilidad previo y en su lugar se introduce un trámite previo que garantizará una adecuada evaluación de los efectos que sobre el medio ambiente puedan derivarse del plan.
Además, no se considerarán modificaciones de los planeamientos, y por tanto no deberán someterse a evaluación ambiental, las actualizaciones del ámbito del Plan de Ordenación del Litoral (POL) y las meras correcciones cartográficas de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.

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