Los trabajadores del transporte de viajeros por carretera de Cantabria han decidido, desconvocar la huelga prevista para mañana en el sector.
Según ha explicado el responsable del sector de UGT, José Toca, entienden que la decisión es lo mejor para seguir negociando.El acuerdo ha sido por mayoría absoluta en una asamblea convocada por el comité de empresa celebrada en un hotel de Hoznayo, donde han acordado suspender el paro entre el martes 8 de enero y el domingo día 13 por 77 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones.El sindicalista valora el hecho de que con la posibilidad de llevar adelante una huelga en el sector hayan conseguido que la patronal se haya sentado a negociar, aunque también se muestra pesimista ante futuros acuerdos. Lo vemos mal, ha confesado, aunque no van a cejar en su empeño de alcanzarlos.
EL GOBIERNO HABÍA ADVERTIDO LOS SERVICIOS MÍNIMOSEl Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, recordó que tiene establecidos servicios mínimos en el transporte de viajeros por carretera en la Comunidad Autónoma, ante la huelga en el sector convocada por las centrales sindicales UGT, CCOO, USO y SCAT, desde mañana, día 8, y hasta el día 11.Dichos servicios mínimos están publicados en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) del pasado 8 de diciembre, a través de la Orden INN/29/2012, de 7 de diciembre, de la citada Consejería.El servicio público de transporte de viajeros está considerado de interés general y, en consecuencia, no puede verse gravemente afectado por el legítimo derecho de huelga de los trabajadores de las empresas que lo prestan. Parece por ello conveniente adoptar las medidas precisas para garantizar el funcionamiento de dicho servicio público, haciendo compatibles los intereses generales con el derecho de huelga de los trabajadores, amparado por el artículo 48 de la Constitución Española, que debe conjugarse con las garantías igualmente reconocidas en dicho artículo que requieren el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.En cuanto al transporte escolar, ha de buscarse también un equilibrio entre el derecho a la educación, recogido en el artículo 27 de la Constitución Española y el derecho a la huelga.


