El relato de la fiscalía indica que la menor “se despertó con los tocamientos e intentó apartarse del acusado, quien a su vez intentó retenerla abrazándola contra su cuerpo”.
Lunes, 30 de mayo
09:30 horas
Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria
Procedimiento Abreviado 9/2022
Abuso sexual
Acusado de abusar de su sobrina, de ocho años.
Según el escrito de acusación del ministerio fiscal, el acusado regresó a casa de madrugada y se acostó en la cama donde se encontraba su sobrina, que había pasado el día en compañía de su abuela y finalmente se había quedado dormida.
El acusado, “aprovechando que la pequeña estaba dormida, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales se acostó a su lado y comenzó a tocarla: primero, los pechos y vagina por encima de la ropa y después, las nalgas por debajo de la ropa interior”.
El relato de la fiscalía indica que la menor “se despertó con los tocamientos e intentó apartarse del acusado, quien a su vez intentó retenerla abrazándola contra su cuerpo”.
“Finalmente, la niña consiguió salir de la cama y le pidió a su abuela, que se encontraba en la cocina, que la llevara con su madre”, añade.
La menor “no ha padecido secuelas psicológicas a raíz de lo sucedido” pero “la conducta perpetrada ha generado un daño moral en la niña y, según el informe forense, no pueden descartarse secuelas psicológicas en el futuro”.
Los hechos constituyen, a juicio del ministerio público, un delito de abuso sexual a menor dieciséis años, merecedor de una condena de seis años de prisión, doce años de prohibición de comunicarse o acercarse a la menor, diez años de libertad vigilada tras la salida de la cárcel y diez años de inhabilitación para cualquier profesión u oficio que conlleve el contacto con menores.
En concepto de responsabilidad civil, la fiscalía solicita que el acusado sea condenado al pago de una indemnización a la menor de 3.000 euros por los daños morales que le ha causado.
La acusación particular que ejerce la madre de la menor considera que en la conducta del acusado concurre la circunstancia agravante de obrar con abuso de confianza, califica los hechos como delito sexual a menor y solicita seis años de prisión, diez de alejamiento y prohibición de comunicación, y seis de privación del derecho a la tenencia y porte de armas.


