El TSJM considera que la orden de Sanidad atenta contra «derechos y libertades fundamentales». No lo hizo cuando sólo se cerraron zonas sanitarias que coincidían con barrios obreros
«La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Madridha denegado hoy jueves la ratificación de las medidas y restricciones contra la pandemia de laorden del Ministerio de Sanidaden la Comunidad de Madrid.
Este órgano judicial considera en su auto que se venafectados «derechos y libertades fundamentales de los madrileños» por una orden que es meramente administrativa. «Esta Orden del ministro de Sanidad se dicta al amparo del artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Conforme a ello, el ministro de Sanidad aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, obligando con ello a las Comunidades autónomas destinatarias», expone el TSJM.
Esta resolución deja al Gobierno central al borde de la declaración de otroestado de alarma, como los decretados durante el comienzo de la pandemia, en gran confinamiento. El Ejecutivo dePedro Sánchezpeleó durante meses asegurando que era la única manera de confinar poblaciones y la oposición alegaba que había otros instrumentos legales. Al final el tiempo ha dado y quitado razones al respecto.
Las primeras reacciones han pasado en la ciudadanía por el estupor y la incertidumbre hacia el futuro. Además, no se termina de comprender por qué cuando serestringían movimientosy horarios sólo a algunas zonas sanitarias, como era el caso de algunos barrios obreros de la capital, sí era legal la medida, pero no cuando Sanidad la ha impuesto para toda la ciudad.
La orden de Sanidad suponía que la capital, Madrid, y otros 9 municipios de más de 100.000 habitantes que también tenían una alta incidencia de contagios de coronavirus -Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla y Alcobendas-, sufrían un cierre perimetral.
Sus ciudadanos no podían entrar ni salir de esas ciudades si no tenían un motivo para hacerlo, tal como trabajar, estudiar, acudir a una cita médica, un examen, asistir a una persona con discapacidad…
La orden del Ministerio de Sanidad entró en vigor el viernes 2 de octubre y en teoría planteaba 14 días de restricciones, para luego revisarlo. Sin embargo, el gobierno de la Comunidad de Madrid, que no estaba de acuerdo con las medidas, recurrió a los tribunales.


