La consejera de Economía, Hacienda y Empleo ha anunciado en el Parlamento de Cantabria que el Plan de Lucha contra la Economía Irregular que prepara el Gobierno de Cantabria contará con la implicación de todas las consejerías
El Gobierno de Cantabria está diseñando nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que perseguirán un doble objetivo: dinamizar la actividad económica y luchar contra la economía irregular. Así lo ha anunciado la consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Cristina Mazas, en el Pleno del Parlamento de Cantabria.
Según Mazas, todas las consejerías del Gobierno regional se han implicado en la elaboración de un Plan de Lucha contra la Economía Irregular que, tal y como ya había anunciado el presidente de Cantabria, Ignacio Diego, estará presentado en primavera.
Mazas ha apuntado a esa iniciativa como una de las numerosas medidas que se pondrán en marcha y recordó que la Agencia Cántabra de Administración Tributaria ya diseñó, en 2012, una iniciativa en materia fiscal con ese doble objetivo: la deducción por obras en viviendas. Según la consejera “esta no va a ser la única deducción que persiga luchar contra el fraude al tiempo que busca dinamizar la economía”.
Asimismo, el plan “intensificará la protección de sectores profesionales específicos” y supondrá “la implicación de todos los departamentos del Gobierno, incluidas otras administraciones públicas”.
Según ha recordado Mazas, “se trata de incrementar la recaudación del Gobierno sin tener que incrementar la presión fiscal sobre los ciudadanos. Incluso, incentivando la propia economía”.
Deducción por obras en viviendas aprobada en la Ley de Acompañamiento 2012
El contribuyente podrá deducir un 15% de las cantidades satisfechas en obrasrealizadas durante el ejercicio, en cualquier vivienda de su propiedad situada en la Comunidad de Cantabria, o en el edificio de la vivienda, y que tengan por objeto:
a) Una rehabilitación calificada como tal por la Dirección General de Vivienda del Gobierno de Cantabria.
b) La mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud y protección del medio ambiente y la accesibilidad a la vivienda o al edificio en que se encuentra.
c) La utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular: sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas, calefacción.
d) Así como por las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de TDT en la vivienda del contribuyente.
La base de esta deducción serán las cantidades satisfechas a quien realice las obras, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. En ningún caso, se podrán deducir las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero en efectivo.
La deducción tendrá un límite anual de 1.000 euros en tributación individual y 1.500 en tributación conjunta. Las cantidades satisfechas en el ejercicio y no deducidas por exceder del límite anual, podrán deducirse en los dos ejercicios siguientes.
Serán incompatibles para quienes quieran practicarse la deducción por inversión en vivienda habitual por estas mismas cantidades.



