La titular del juzgado ha declarado nulo el contrato y ha condenado, además, a la entidad bancaria a pagar el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción de los valores así como las costas del procedimiento.
La titular del juzgado ha declarado nulo el contrato y ha condenado, además, a la entidad bancaria a pagar el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción de los valores así como las costas del procedimiento.
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