La denuncia fue cursada por agentes de la Guardia Civil, que constataron la vulneración de la ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
El Ayuntamiento de Laredo ha impuesto sendas multas de 300 euros al dueño de un perro de raza peligrosa y a quien lo sacó a pasear por la vía pública, sin bozal y suelto. La denuncia fue cursada por agentes de la Guardia Civil, que constataron la vulneración de la ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.La sanción ha sido ratificada mediante un decreto de alcaldía rubricado hoy martes, a la vista de los datos que obran en poder del Ayuntamiento. Según el expediente, queda acreditado que el día 6 de diciembre de 2012, a las 15:50 horas, se encontraba un perro potencialmente peligroso en la vía pública de Laredo, sin bozal y no sujeto con correa. Una situación que el artículo 13.2 de la Ley 50/1999 sanciona como infracción grave.Se da la circunstancia, además, de que dicho can, de raza pitbull terrier, atacó a otro perro en la vía pública, originando lesiones tanto al animal como a su propietario, así como daños materiales. Dicha circunstancia es muestra, según recoge el informe policial, de que “el hecho de conducir el animal por la vía pública sin ajuste a lo legalmente exigible es, no sólo potencial, sino realmente generador de un riesgo para terceros”.Esta apreciación se realiza en base a la respuesta a las alegaciones que en su momento presentaron los infractores. De un lado, ambos negaron la veracidad de lo denunciado, sin aportar ninguna prueba que desacreditase lo recogido en el escrito inicial de la Guardia Civil. En la segunda de las alegaciones, se señalaba que el perro fue paseado por un tercero por la imposibilidad física del titular del animal para hacerlo, argumentando que ello no genera peligro. A este respecto, el informe policial señala que “nada obstaría a que el perro sea paseado por un tercero en caso de imposibilidad física de su titular, siempre y cuando ello se haga bajo las condiciones específicas en que debe llevarse a cabo tal actividad cuando de un animal de raza peligrosa se trata”.El escrito expone que hay “un incumplimiento doble de las obligaciones que la ley establece tanto para propietarios como para criadores o incluso meros tenedores de animales potencialmente peligrosos, quienes deberán cumplir con todas las normas de seguridad ciudadana establecidas en la legislación vigente, de manera que garanticen la óptima convivencia de estos animales con los seres humanos y se eviten molestias a la población”.Asimismo, la constatación de que el perro fue paseado en esas condiciones con conocimiento y consentimiento de su propietario, supone validar como correcta la imposición de sanción a ambos denunciados, por incumplimiento de las obligaciones legales en la materia.Los interesados, de cara al ejercicio adecuado de su derecho a la defensa, dispondrán en las dependencias municipales de copia del informe jurídico que da pie a la denuncia. El expediente consta de denuncia de la Guardia Civil; resolución de inicio de expediente y su traslado; alegaciones; remisión de alegaciones a la Guardia Civil; informe sobre actuaciones emitido por dicho Cuerpo; informe jurídico y resolución definitiva de alcaldía.



