Los hechos, que tuvieron lugar en el Colegio Juan de la Cosa de Santoña, obligaron a Educación a intervenir el centro en 2010. El juez afirma que «no ha quedado acreditado» que hiciera insinuaciones.
EL MUNDO CANTABRIA/JESÚS LASTRA. El Juzgado de lo Penal nº2 de Santander ha absuelto al profesor del Colegio Público Juan de la Cosa de Santoña acusado de acoso y abuso sexual a otra colega del centro, que denunció los hechos, que trascendieron a la luz pública en 2010 y que obligaron a la Consejería deEducación, dirigida por aquel entonces por Rosa Eva Díaz Tezanos (PSOE), a asumir la Dirección de la instalación. La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, resuelve en contra de las peticiones de la Fiscalía, que exigía una pena de seis meses de prisión, una ordende alejamiento a 300 metros de la víctima y una indemnización de 13.573 euros; así como de la acusación particular, que solicitaba 13 meses de cárcel para el imputado por los dos delitos mencionados, así como una sanción de 15.432,08 euros.El Ministerio Público en sus conclusiones provisionales recogía que «desde el mes de junio de 2008 y especialmente desde el mes de septiembre del mismo año y hasta enero de 2010 María Diana S. R. ha sido objeto por parte de José Antonio C. D. de comentarios y actos que implicaban un sentimiento de atracción sexual hacia ella». La sentencia, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, incluye el relato del fiscal dando cuenta de diversos percances del caso, como el acaecido tras la cena de Navidad celebrada en 2009, cuando el acusado supuestamente dijo a su colega de centro vamos a dejarnos de tonterías y «la acorraló contra una pared donde la abrazó e intentó besarla, resultando recriminado en su actitud por otros profesores ».Diana S.R., que requirió de tratamiento y estuvo de baja impeditiva cinco meses, puso estos hechos en conocimiento de la Dirección del Juan de la Cosa y posteriormente del Servicio de Inspección de la Consejería, que incoó expediente contra José Antonio C.D.ValoraciónLa sentencia, en cambio, considera hechos probados que la profesora sufrió «comentarios y actos que constituyen un trato despectivo derivado de la ruptura de una previa relación de amistad por causas y razones no explicadas por los interesados ».Pero hay más. El magistrado entiende que «no ha quedado acreditado que el acusado durante el lapso temporal a que se concreta el enjuiciamiento haya realizado insinuaciones de contenido sexual».El documento apunta también al carácter «difuso» de la situación de acoso denunciada, «que se concreta en la remisión por parte del acusado de algún SMS que la propia víctima reconoce como consecuencia del fallecimiento de un familiar». Además, observa «notables contradicciones»en las corroboraciones periféricas y la prueba testifical.En 2012 quedó libre de una denuncia por perseguir a una ‘colega’ en cocheLas relaciones de José Antonio C. D. con sus compañeras de trabajo no solo han provocado el proceso judicial por el que ha sido declarado absuelto recientemente tras hacer frente a una denuncia de una profesora del Colegio Juan de la Cosa de Santoña por presunto acoso sexual. En julio de 2012 el docente también salió indemne de un litigio por un supuesto delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción temeraria. La sentencia recoge que el 8 de marzo de 2010, tras finalizar su jornada laboral en el centro, el por entonces acusado persiguió con su vehículo el coche de otra trabajadora del colegio, Raquel H. F., «circulando muy pegado a ella por la CA-147 para, llegados a la autovía A-8, intentar adelantarle situándose a dicho fin en paralelo al vehículo de Raquel en el tercer carril de los allí existentes, haciéndolo en un momento en el que quedaban pocos metros para que finalizara el mismo, obligando al turismo que circulaba por el carril lento a reducir la velocidad para permitir la incorporación […], afirmando que se puso en evidente riesgo la vida e integridad física de quienes viajaban en dichos vehículos».El Juzgado de lo Penal nº 4 de Santander, en cambio, sostuvo que «no se obtiene la razonable convicción de que el acusado sea autor del delito», por lo que procedió a su absolución «ante la ausencia de pruebas de cargo suficientes que pudieran desvirtuar la presunción de inocencia que protege a todo acusado».CC OO defendía que había 3 denuncias>En 2010, en plena polémica por los hechos que se estaban produciendo en el Colegio Público Juan de la Cosa de Santoña, CC OO fue especialmente crítico con la actitud de la Consejería de Educación, que consideró como «obstruccionista». >El sindicato, además, siempredefendió que no se había producido un cruce de denuncias entre los protagonistas del litigio y que había otras dos mujeres que habían dado parte a sus abogados por supuestosacosos.El Ministerio Fiscalpedía seis meses decárcel y 13.573 eurosde indemnización


