La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha decretado el archivo de las diligencias de investigación abiertas tras la denuncia presentada contra Julio Iglesias por dos ex trabajadoras, que le acusaban de presuntos delitos de agresión sexual y trata de seres humanos con fines de trabajos forzosos o servidumbre.
La Fiscalía ha concluido que los tribunales españoles no son competentes para investigar los hechos denunciados, al no concurrir ningún vínculo personal, territorial ni jurídico que permita atribuir jurisdicción a España.
Hechos ocurridos fuera del territorio español
Según recoge el decreto de archivo, el Ministerio Público analizó el relato de la denuncia interpuesta por la ONG Women’s Link, en representación de las dos denunciantes, y concluye que la totalidad de los hechos presuntamente delictivos habrían ocurrido fuera de España, concretamente en la República Dominicana y en Bahamas.
Además, la Fiscalía señala que las personas denunciadas —el artista y otras dos trabajadoras— no residen en España ni mantienen en el país su centro de vida, intereses o actividad, con independencia de que Julio Iglesias posea propiedades inmobiliarias en territorio español.
Las denunciantes no tienen nacionalidad española ni vínculo con España
El decreto subraya que las denunciantes no tienen nacionalidad española ni residen en España, ni viajaron en ningún momento con el denunciado a territorio español, careciendo “por completo de vínculo personal o territorial con nuestro país”.
Este extremo fue ratificado en su declaración en el marco de las diligencias de investigación preprocesal, que se celebraron por vía telemática los días 21 y 22 de enero, después de que la teniente fiscal de la Audiencia Nacional les concediera la condición de testigos protegidos.
Ninguno de los denunciados está en España ni existe solicitud de extradición
La Fiscalía añade que no consta que ninguno de los denunciados se encuentre actualmente en territorio español, ni que se haya cursado ninguna solicitud de extradición.
Tampoco existe constancia de que las autoridades judiciales de los países donde presuntamente se produjeron los hechos hayan renunciado a ejercer su jurisdicción o se encuentren legalmente imposibilitadas para hacerlo.
Archivo por razones procesales
Con estos argumentos, la Fiscalía de la Audiencia Nacional acuerda el archivo de las diligencias por motivos estrictamente procesales, sin entrar a valorar el fondo de las acusaciones ni la veracidad de los hechos denunciados.


