Treinta magistrados del Supremo y los TSJ debaten en Santander sobre jurisdicción laboral
Entre otros temas, han hablado del personal laboral declarado indefinido, la calificación del despido en el caso de personas con discapacidad, o el control de la actividad del trabajador a través de medios tecnológicos
Una treintena de magistrados y magistradas del Tribunal Supremo, de los Tribunales Superiores de Justicia de toda España y de la Audiencia Nacional se han reunido en Santander esta semana para debatir sobre cuestiones de actualidad de la jurisdicción laboral.
Desde el pasado lunes y hasta hoy miércoles, la capital cántabra ha acogido el Encuentro de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con presidentes y presidentas de Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional que cada año se celebra en una comunidad autónoma.
Las jornadas han estado dirigidas por el presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, el magistrado Jesús Gullón Rodríguez, y organizadas por la presidenta de la Sala de lo Social del TSJ de Cantabria, la magistrada Mercedes Sancha.
La inauguración corrió a cargo del vocal del Consejo General del Poder Judicial Juan Martínez Moya y del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, José Luis López del Moral, y en su desarrollo han contado con ponentes tan relevantes como el catedrático emérito del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Madrid, Luis Enrique de la Villa Gil.
También ha participado como ponente invitada la catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Cantabria, Lourdes López Cumbre.
Este encuentro anual permite poner en relación a los magistrados del Tribunal Supremo con magistrados de Sala de lo Social de todos los territorios de España para intercambiar pareceres sobre la jurisprudencia más reciente en materia laboral derivada del propio Tribunal Supremo y también del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Entre los temas que se han abordado en esta edición, se encuentran, por ejemplo, el personal laboral declarado indefinido, la calificación del despido en el caso de personas con discapacidad, o el control por parte del empresario de la actividad de los trabajadores a través de medios tecnológicos.